¿Dónde será obligatorio?
Establecimientos de hostelería y restauración con un aforo superior a 50 personas.
Locales de ocio y entretenimiento.
Espacios de actividades recreativas y de azar (como bingos o casinos) que cuenten con servicio de restauración.
Centros hospitalarios cuando se vaya de visita.
En visitas a las residencias tanto públicas como privadas.
Eventos, celebraciones y festivales de música (tanto en espacios cerrados como al aire libre) cuando no se pueda utilizar la mascarilla en todo momento.
¿Qué debe acreditarse con el certificado?
El certificado o “pasaporte” deberá acreditar la vacunación completa, una PCR negativa en las últimas 72 horas, un test de antígenos en las últimas 48 horas o la superación de la enfermedad en los últimos seis meses.
¿Cuándo entra en vigor la medida?
Está previsto activar el certificado desde este viernes, 3 de diciembre, antes del puente, y con una vigencia inicial de 30 días. . La intención es que su vigencia abarque las fiestas navideñas y de Año Nuevo.
¿Cómo se controlará en los locales?
En la entrada de los locales deberá haber un cartel identificativo sobre la necesidad del certificado “pasaporte” Covid y quienes quieran acceder tendrán que presentar el certificado —en papel o en el móvil—, junto a su DNI.